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La Justicia Federal de Catamarca ordenó restablecer en todo el país las pensiones por discapacidad suspendidas por la ANDIS

La medida alcanza a todos los titulares de pensiones no contributivas por incapacidad laboral. El fallo ordena la restitución inmediata de los haberes retenidos y la suspensión de nuevas auditorías basadas en el decreto 843/2024.

Hoy 00:32

La Justicia Federal de Catamarca dictó una resolución de alcance nacional que ordena a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer, en un plazo de 24 horas, la totalidad de las pensiones suspendidas o retenidas a personas con discapacidad en todo el territorio argentino.

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La decisión fue notificada este viernes al Secretario de Seguridad Social y Laboral, Fernando Javier Oviedo, y se enmarca en la causa N° 13578/2025 “Defensor del Pueblo y otros contra la ANDIS sobre Acción de Amparo”, impulsada por asociaciones civiles de personas con discapacidad y Defensorías del Pueblo de Santiago del Estero, Catamarca, Misiones, Formosa y Tucumán. En el caso de Santiago del Estero, la representación estuvo a cargo del Dr. Daniel Escobar Correa.

La resolución dispone “hacer extensiva a todo el territorio nacional la medida cautelar dictada el 12 de septiembre de 2025”, ordenando a la ANDIS restablecer los pagos suspendidos, reintegrar los haberes retenidos y abstenerse de continuar las auditorías o aplicar nuevas suspensiones basadas en el decreto 843/2024, hasta tanto exista una sentencia definitiva.

Entre los fundamentos del fallo, el tribunal subrayó la protección reforzada que la Constitución y los tratados internacionales otorgan a las personas con discapacidad, considerando que se trata de un colectivo especialmente vulnerable. Además, destacó que las pensiones tienen carácter alimentario y que su suspensión afecta derechos esenciales, como el de la igualdad, la no discriminación y la seguridad social.

Asimismo, la Justicia advirtió irregularidades en los procedimientos de suspensión, señalando que en muchos casos se realizaron sin notificación previa ni resolución administrativa fundada, lo que violó el derecho al debido proceso de los beneficiarios.

La sentencia también establece que las asociaciones de personas con discapacidad, entre ellas la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores y la Asociación Azul, serán las representantes legales del frente actor en la causa, y ordena comunicar la resolución a la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán y al registro de procesos colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Con esta medida, la Justicia reafirma que el Estado nacional debe cumplir las sentencias que ordenan restituir beneficios sociales, garantizando la continuidad de los derechos previsionales de miles de personas con discapacidad en todo el país.