Un juez declaró inadmisible una impugnación al detectar errores graves atribuibles a textos generados con IA: citas inexistentes, artículos mal referidos y marcas sin completar.
Un fallo del Juzgado de Garantías de Séptima Nominación de Salta, a cargo del juez Pablo Zerdán, reavivó el debate sobre el uso de herramientas de inteligencia artificial (IA) para elaborar escritos judiciales. El tribunal declaró inadmisible un recurso presentado por la defensa en una causa por abuso sexual, no solo por cuestiones procesales sino también por la detección de múltiples inconsistencias que evidenciarían el uso inadecuado de tecnología en su confección.
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Según la resolución, firmada en junio, el escrito contenía referencias normativas que no pertenecen al Código Procesal Penal de Salta, además de errores que llamaron la atención del magistrado, como citas textuales de jurisprudencia que no pudieron ser verificadas porque carecían de datos precisos o porque los tomos y folios consignados no coincidían con los reales. En otros casos, el tribunal directamente no logró constatar la existencia de los fallos mencionados.
El juez detalló que varios de los artículos citados por la defensa no se correspondían con su contenido real. Se mencionó, por ejemplo, que el artículo 299 habla de técnicas para inspecciones, el 301 regula allanamientos y el 351 trata sobre honorarios de peritos, ninguno vinculado a la oposición a la elevación a juicio, como pretendía argumentar la defensa.
La resolución también identificó expresiones internas como “(COMPLETAR)” o “(IDENTIFICAR PRUEBA)”, típicas de plantillas o modelos generados con IA que no fueron revisados antes de presentarse formalmente. Eso, sumado a citas normativas ajenas al ordenamiento local, reforzó la hipótesis de un uso descuidado de estas herramientas.
Aun así, el tribunal aclaró que la utilización de modelos prearmados, plantillas o inteligencia artificial no constituye una falta en sí misma, dado que estas herramientas se incorporaron de manera habitual al trabajo jurídico. Pero remarcó que no pueden reemplazar el análisis profesional ni la verificación rigurosa de normas y antecedentes jurisprudenciales. El riesgo —advirtió— surge cuando se delega completamente en la tecnología o se intenta obtener decisiones favorables mediante argumentos erróneos o citas inexistentes.
En ese marco, el juez Zerdán intimó al abogado firmante a presentar en un plazo de 72 horas los fallos invocados en su escrito, bajo apercibimiento de dar intervención al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados ante la posible invocación de jurisprudencia que no existe.