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País

La ANMAT prohibió la venta de una sal y dos quesos

Las medidas se publicaron este miércoles en el Boletín Oficial.

20/03/2019

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles la comercialización de una sal, dos quesos y dos productos médicos a raíz de distintas irregularidades detectadas.

Mientras que la medida respecto de los alimentos responde a incumplimientos normativos, la de los insumos médicos es consecuencia de su robo.

Mediante la Disposición 2447/2019, publicada en el Boletín Oficial, el organismo prohíbe la "sal fina, sal gruesa, sal industrial y sal entrefina" de la marca Sal-Teñito.

"El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulado y ser en consecuencia ilegal", justificó la ANMAT.

Por otra parte, la disposición que le sigue refiere a dos productos: un queso "brie" y uno "artesanal camembert", ambos marca "Bertone".

En primer lugar, el organismo destaca que, a pesar de que los alimentos llevan un rótulo que asegura que son libres de gluten, esto no es realmente así.

Además, "indica que el producto 'Queso artesanal camembert' se encuentra rotulado con una denominación diferente a la aprobada, y que el producto 'Queso brie' no declara identificación de lote ni fecha de duración".

En tanto,  la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) informó el robo y la consecuente prohibición de comercializar dos productos médicos.

Uno es un ecógrafo doppler junto con sus accesorios: "Ecógrafo doppler portátil Sonosite Turbo, marca Sonosite, Nº serie WK34811;- Transductor P21X, marca Sonosite, Nº de serie 043456; – Mini-dock marca Sonosite, Nº de serie WK3LJW", describe el organismo.

El otro son tres unidades del "producto medico Sistema de Diálisis Peritoneal Automatizada HomeChoice, marca Baxter, números de de serie 84814, 82076 y 81034″. " Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional", dispone el organismo.